SUNAT Extiende Plazo para el Uso Obligatorio del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha publicado la Resolución de Superintendencia N.° 000145-2024, mediante la cual se posterga el uso obligatorio del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) hasta enero de 2025 para ciertos contribuyentes. Originalmente, esta obligación debía entrar en vigor en agosto de 2024.
El SIRE, compuesto por los módulos del Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, busca modernizar y centralizar la gestión de los registros electrónicos para los contribuyentes, facilitando la fiscalización y cumplimiento tributario de manera más eficiente. Sin embargo, debido a la necesidad de más tiempo para la implementación tecnológica de herramientas como el cliente SIRE y el servicio web API SUNAT, la entidad ha decidido otorgar un plazo adicional.
Esta prórroga beneficiará a los sujetos con un alto volumen de comprobantes de pago, permitiéndoles adaptarse mejor a las exigencias del sistema y asegurar un uso adecuado de las nuevas tecnologías. Además, la resolución establece que los contribuyentes comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o en el Régimen MYPE Tributario tendrán más tiempo para implementar el sistema, brindando mayor flexibilidad en su cumplimiento.

La medida forma parte de los esfuerzos de la SUNAT por promover una mayor transparencia y automatización en los procesos tributarios, permitiendo a las empresas manejar de manera conjunta sus registros electrónicos a través de una plataforma integrada. La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación y se espera que contribuya a mejorar la eficiencia del sistema tributario a largo plazo.
Con este nuevo cronograma, SUNAT reafirma su compromiso de facilitar la digitalización en el ámbito tributario, buscando que las empresas peruanas puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de manera ágil y segura.