¿LA PERSONA NATURAL CON NEGOCIO TIENE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO FINAL?
En el caso peruano, la obligación de presentar la Declaración del Beneficiario Final (DBF) está regulada por la SUNAT y aplica a determinados sujetos.
Según la Resolución de Superintendencia N.° 185-2019/SUNAT y normas posteriores:
Sujetos obligados:
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Personas jurídicas domiciliadas en el Perú (sociedades anónimas, SAC, SRL, asociaciones, fundaciones, etc.).
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Entidades jurídicas constituidas en el extranjero con establecimiento permanente en el Perú.
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Fideicomisos, fondos de inversión y otras figuras similares.
No obligados:
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Las personas naturales con negocio (PN con negocio) no están dentro de los sujetos obligados a presentar la DBF, porque no tienen personalidad jurídica distinta a la de su titular.
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Es decir, en una PN con negocio el titular y la empresa son la misma persona, por lo que no hay un “beneficiario final” que identificar.